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Nueva ordenanza de movilidad en Valencia para los patinetes eléctricos

Recientemente conocimos la noticia de la creación de una nueva ordenanza de movilidad en nuestra ciudad. Como sabéis, en SEAT contamos con un patinete eléctrico, el SEAT eXS Kick Scooter, por lo que nos preguntamos cómo va a ser a partir de ahora circular con nuestro patinete por Valencia.

Los nuevos vehículos de movilidad personal se han normalizado, y cada vez son más los usuarios que disponen de uno de estos patinetes para desplazamientos urbanos. Pero hasta ahora no existían una normativa de circulación.

Así es la nueva normativa para patinetes en Valencia

Os hablamos de una nueva norma que regula la circulación de patinetes y, en general, los vehículos de movilidad personal en nuestra ciudad, que se creó a principios de este mes de julio pero que se hará efectiva a partir de septiembre, momento en el que se comenzará a poner multas por incumplir la ordenanza.

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La novedad que más llama la atención de esta nueva norma es que se sitúa a los patinetes y a las bicicletas al mismo nivel, por lo que los primeros no pueden circular bajo ninguna circunstancia por las aceras.

Analizando la nueva ordenanza de movilidad de Valencia, existen distintas restricciones dependiendo del tipo de vehículo personal. Así, los vehículos de movilidad personal del tipo A, circularán en base a este orden y circunstancias:

1. Carriles bici a cota de calzada. Se circularán a un máximo de 20km/h, con las mismas condiciones que las bicicletas, según lo recogido en el artículo 33.a de dicha ordenanza.

2. Carriles bici sobre las aceras. Se podrá circular a un máximo de 15km/h, en base a las condiciones para bicicletas estipuladas en el artículo 33.c.

3. Calzadas de tipo ciclocalles y vías de sentido único. La circulación se producirá a 30km/h como máximo, respetando las condiciones del artículo 33.b y vigilando que la marcha no se produzca a velocidad anormalmente baja.

4. Carriles señalizados con velocidad máxima 30km/h en calzadas de varios carriles. En esta ocasión los patinetes tendrán que respetar las condiciones del artículo 33.b y no circular a velocidad extremadamente reducida.

5. Calles residenciales, zonas 30 y zonas en las que coexisten distintos tipos de usuarios. Se podrá circular en base a lo recogido en el artículo 33.d.

6. Parques, jardines, sendas ciclables; Monte Público de la Devesa de l’Albufera y Parque Natural de l’Albufera. En estas zonas, los patinetes podrán circular a 10km/h como máximo, teniendo en cuenta lo estipulado en el artículo 33.e.

Por lo que respecta a los vehículos de movilidad personal de tipo B, los que corresponden a un mayor tamaño y mayor potencia, podrán circular en las mismas circunstancias que se han desarrollado para los VMP del tipo A, menos por las calles peatonales. Para estos vehículos el casco y timbre es obligatorio.

¿Conocíais la nueva ordenanza de movilidad en Valencia? ¿Teníais dudas al respecto? Desde J.R. Valle, tu SEAT en Valencia, esperamos haberos ayudado. Ya sabéis que para más noticias diarias podéis seguirnos en nuestras redes sociales y estar al día de todo, además en nuestro concesionario puedes adquirir tu SEAT eXS Kick Scooter. ¡Te esperamos!

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